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martes, 2 de noviembre de 2010

"SEPARAOS... (2 Cor. VI, 17)


Hace un cuarto de siglo (1962-1965) se desarrolló el Concilio Vaticano II. Frente al dogma de fe que fuera de la Iglesia no hay salvación, extra Ecclesiam nulla salus, él impuso el principio contrario. Lo hizo en forma oblicua pero innegable y su falta de claridad le agrega una doblez, lo veremos, netamente modernista: con una frase, se salen de la verdad católica y en la siguiente dicen algo conforme a ésta.
Ya en la Constitución dogmática sobre la Iglesia, Lumen Gentium, afirma: "Esta es la única Iglesia de Cristo... [que] subsiste en la Iglesia católica [... ] si bien fuera de su estructura se encuentran muchos elementos de santidad y verdad . .." (L.G., Cap. I, 8,2).
Dice San Dionisio que «la santidad es la bondad pura y libre de toda mancha». Y santo "con toda propiedad sólo se dice de Dios, que lo es esencialmente; por gracia, privilegio y participación se dice de los ángeles y de los hombres" (Dicc. Real Academia).
O sea, el Concilio nos dice que hay santidad extra Ecclesiam, en lo cual es coherente, pues antes mostró cómo la Iglesia de Cristo no se identifica inequívocamente con la Iglesia católica sino "subsiste en ella".

El pueblo de Dios
Después (cap. II) introduce otra noción equívoca, la de Pueblo de Dios, que "es para todo el género humano, un gérmen segurísimo [firmissimum] de unidad, de esperanza y de salvación. Cristo [...] se sirve también [etiam] de él como de instrumento de la redención universal" (L. G., 9, 2).
Este "también" significa que no es el único instrumentó de redención universal, contradice el dogma de fe que extra Ecclesiam nulla salus. Pues "todo el que quiera salvarse, ante todo es menester que mantenga la fe católica; y el que no la guardare integra e ínviolada, sin duda perecerá para siempre". Asi comienza el Símbolo (Credo) Quicumque o Atanasiano (D. 39). Y el IV Concilio de Letrán, Ecumenico, define: "Firmemente creemos y simplemente confesamos que una sola es la Iglesia universal de los fieles, fuera de la cual nadie absolutamente se salva." (D. 430).
En cambio el Concilio dice que el Pueblo de Dios es "germen segurisimo de unidad, de esperanza y de salvación...". Pero germen en principio rudimental (sujeto pues a evolucion) de un ser orgánico y la iglesia es unidad esencial. Ella "está constituida en la unidad por su misma naturaleza [...] tiene la unidad de la naturaleza, de sentimientos, de principio, de excelencia... Además, la cima de perfección de la Iglesia, consiste en la unidad..." Así enseña León XIII en Satis Cognitum, citando a San Clemente Alejandrino.
Veremos, además, que en la mente del Concilio la noción de Pueblo de Dios, nunca definida con precisión, tiene una extensión más amplia que la Iglesia Católica.
"Todos los hombres son llamados a esta unidad católica del Pueblo de Dios, que simboliza y promueve la paz universal, y a ella pertenecen o se ordenan de diversos modos, sea los fieles católicos, sea los demás creyentes en Cristo, sea también todos los hombres en general, por la gracia de Dios llamados a la salvación." (L.G., cap. II, 13).
Y así dice que "la Iglesia se reconoce unida por muchas razones con quienes estando bautizados, se honran con el nombre de cristianos pero no profesan la fe en su totalidad o no guardan la unidad de comunión bajo el sucesor de Pedro". Destaca sus valores positivos, los sacramentos que tienen y "añádase a esto la comunión de oraciones [¿de los católicos con los herejes y cismáticos?] y otros beneficios espirituales [?], e incluso cierta verdadera unión en el Espíritu Santo" (L.C., cap. II, 15).
La que está unida —y no en el Espíritu Santo— con herejes y cismáticos no es la Iglesia Católica, la cual enseña por boca de León XIII que: "el juicio que emite Santiago respecto a las faltas en el orden moral, hay que aplicarlo a los errores de entendimiento en el orden de la fe. Quien se hace culpable en un solo punto se hace transgresor de todos (Stgo. II, 10). Esto es aún más verdadero en los errores del entendimiento... quien en un solo punto rehusa su asentimiento a las verdades divinamente reveladas, realmente abdica de toda la fe, pues rehusa someterse a Dios en cuanto es la soberana verdad y el motivo propio de la fe. En muchos puntos están conmigo, en otros no están conmigo, pero a causa de los puntos en que no están conmigo, de nada les sirve estar conmigo en todo lo demás. (S. Agust. in Psalm. 54, n. 19, P.L. 36,641)"

Los no cristianos también "se ordenan" al Pueblo de Dios
Sobre los no cristianos dice Vaticano II: "Por último quienes todavía no recibieron el Evangelio, se ordenan al Pueblo de Dios [?] de diversas maneras. En primer lugar, aquel pueblo que recibió los testamentos y las promesas..." [y "los suyos no le recibieron" comienza el Evangelio de San Juan, I,11].
"Pero el designio de salvación abarca también a los que reconocen al Creador, entre los cuales están en primer lugar los musulmanes que, confesando adherirse a la fe deAbraham, adoran con nosotros a un dios único, misericordioso, que juzgará a los hombres en el día postrero" (L.G., cap. II, 16).
Digamos que no tenemos el mismo Dios que judíos y musulmanes. Creemos en un Dios Uno y Trino y en la Encarnación del Verbo, ni cual ellos desconocen y aún persiguen.
Ni tienen la fe de Abraham. Así dijo Nuestro Señor: "Si fuérais hijos (espirituales) de Abraham, haríais las obras de Abraham... Abraham vuestro padre (carnal), exultó por ver mi día; y lo vió y se llenó de gozo" (Jn. VIII, 39 y 56, Cf. Rom. IX, 6-8). Y San Pablo: "Abraham creyó a Dios y le fue imputado a justicia. Sabed, pues, que los que viven de la fe, ésos son hijos de Abraham... De modo que, junto con el creyente Abraham, son bendecidos los que creen. Porque cuantos vivan de las obras de la Ley, están sujetos a la maldición [... ] Siendo vosotros de Cristo, sois por tanto descendientes deAbraham, herederos según la promesa." (Gal. III; 7, 9, 10 y 29).
Sigue Lumen Gentium: "Ni el mismo Dios está lejos de otros que buscan en sombras e imágenes al Dios desconocido... [¿en vacas sagradas, símbolos fálicos, laaniquilación de sí mismos?] Y la divina Providencia tampoco niega los auxilios necesarios para la salvación a quienes sin culpa no han llegado todavía a un conocimiento expreso de Dios..."
La divina Providencia da el medio para que todos lleguen a un conocimiento expreso de Dios: la razón. A un señor rico e instruido que proclamaba su ateísmo, un hombre sencillo le respondió: "Veo esta casa y digo, alguien la hizo."
Así, "si alguno dijere que Dios vivo y verdadero, creador y señor nuestro, no puede ser conocido con certeza por la luz natural de la razón humana por medio de las cosas que han sido hechas, sea anatema", dice el Concilio Vaticano I (D. 1806), ratificando lo que dice la Sagrada Escritura (Rom. I,20); la tradición de los Santos Padres y el Magisterio Romano (D. 1622, 1650, 1670, 1672, 1785, 1795 y 2072).
El ateísmo es pues absurdo y no "se ordena al Pueblo de Dios" sino del Diablo.

El modernismo, "reunión de todas las herejías": San Pío X
Pese al uso de expresiones equívocas: "la Iglesia de Cristo subsiste en la Iglesia católica, fuera de cuya estructura se encuentran muchos elementos de santidad y verdad"; el Pueblo de Dios, al cual pertenecen o se ordenan todos los hombres omnes universaliter homines, llamados a la salvación: "germen segurísimo de unidad, de esperanza y de salvación"; esta "verdadera unión en el Espíritu Santo" con los cristianos no católicos que se va extendiendo a judíos, musulmanes, paganos y aún ateos; pese a ello el Concilio es muy coherente, como se va a confirmar con otros documentos.
"Decía San Pío X en la encíclica Pascendi: "es táctica muy astuta de los modernistas no proponer con orden metódico sus doctrina, ni formando un todo, sino como esparcidas y separadas entre sí,evidentemente para que se los tenga por vacilantes y como indecisos, cuando por lo contrario son muy firmes y constantes..." (D. 2071). "De ahí que en sus libros tropezamos con cosas que un católico puede aprobar punto por punto: y pasando página, con otras que diríanse dictadas por un racionalista" (D. 2086).
Leyendo la Pascendi se entiende a Vaticano II. "En conclusión, el sentimiento religioso que por medio de la inmanencia vital brota de los escondrijos de la subconciencia es el germen [¿segurísimo?] de toda la religión y juntamente la razón de cuanto ha habido o habrá en cualquier religión. Rudo, ciertamente en sus principios y casi informe, ese sentimiento fue paulatinamente creciendo bajo el influjo de aquel arcano principio de donde tuvo origen, a par con el progreso de la vida humana, de la que como hemos dicho es una de las formas. He aquí, pues, el origen de toda religión, aún de al sobrenatural [y aún de la no religión, de «quienes no han llegado a un conocimiento expreso de Dios»]: son efectivamente todos, meros desenvolvimientos del sentimiento religioso" (Pascendi, D. 2077).
El juramento antimodernista decretado por San Pío X por motu propio Sacrorum Antistitum, fue "derogado" por Pablo VI.

El Concilio exhorta a no excederse en las alabanzas a la Madre de Dios
En su capítulo VIII la Constitución dogmática habla sobre el culto de la Santísima Virgen María en la Iglesia.
En el nº 56 de ROMA hemos comentado estas expresiones de la "devoción" a Nuestra Señora del Concilio.
Este "exhorta encarecidamente a los teólogos y a los predicadores de la palabra divina a que se abstenga con cuidado tanto de toda falsa exageración cuanto de una excesiva mezquindad de alma al tratar de la singular dignidad de la Madre de Dios" [... ] y "en las expresiones o en las palabras eviten cuidadosamente todo aquello que pueda inducir a error a los hermanos separados o a cualesquiera otras personas acerca de la verdadera doctrina de la Iglesia. Recuerden, finalmente, los fieles que la verdadera devoción no consiste ni en un sentimentalismo estéril ni en una vana credulidad" (L.G., cap. VIII, 67).
Ningún santo o autor anónimo habló así de la devoción a Nuestra Señora. Nos parece leer la crítica que los devotos críticos y los escrupulosos hacen a los humildes devotos de la Virgen Santísima, que traeGrignion de Montfort en su "Tratado de la verdadera devoción a la Sanísima Virgen".
¿A que aluden con esto de la "falsa exageración"? No sabemos de nadie que haya exagerado al referirse a la Virgen Santísima y nadie excedio a los santos en cantar sus alabanzas, tradición que el Magisterio Supremo hace suyas con encomio.
Asi dice Pio IX en la Ineffabilis Deus, que Dios quiso que Ella "absolutamente siempre libre de toda mancha de pecado y toda hermosa y perfecta, manifestase tal plenitud de inocencia y santidad, que no se concibe un modo alguno mayor después de Dios y nadie puede imaginar fuera de Dios".
Y le llama "el milagro cumbre de todos los milagros y digna Madre de Dios y allegándose a Dios mismo, según se lo permitía la condición de criatura, lo más cerca posible, fue superior a toda alabanza humana y angélica...".
"Más hermosa que la hermosura..., más santa que la santidad..., sola convertida en domicilio de todas las gracias del Espíritu Santo..., cuya perfección no pueden en modo alguno, glorificar dignamente ni las lenguas de los ángeles ni las de los hombres."
Y Pío XII en Ad Caeli Reginam, instituyendo la Fiesta de María Reina, cita a San Juan Damasceno que expresa: "Es infinita la diferencia entre los siervos de Dios y su Madre"; y a "un piadosísimo discípulo de San Anselmo [Eadmero]: '...María es Señora de todas las cosas porque las ha elevado a su dignidad original con la gracia que Ella mereció".
¿Qué es esto de la "excesiva mezquindad de alma" (nimia mentís angustia)? Como si estuviera bien una sensata y ponderada estrechez de mente y sólo fuera mala por lo excesiva. Mezquindad de alma es la de los Padres Conciliares que aprobaron estarecomendación, ofensiva a los oídos piadosos y engañosa de las mentes sencillas.
Sin duda que hablar como los Santos y los Papas, o sea el lenguaje de la Tradición Católica, puede escandalizar humanamente a muchos "hermanos separados". Y a no pocos católicos "cultos y sensatos" que se escandalizan de la devoción popular, que llaman supersticiones o vana credulidad. Pero la conversión de aquéllos a la única Iglesia de Cristo será obra, no de la humana diplomacia sino de la divina gracia y, ¿a quién pedirla sino a la Reina de las Gracias?

La mediación de la Santísima Virgen
Veamos cómo habla el Concilio de la Mediación de Nuestra Señora.
«... La Santísima Virgen es invocada en la Iglesia con los títulos de Abogada, Auxiliadora, Socorro, Mediadora; [y enseguida la prevención:] lo cual sin embargo ha de entenderse de tal manera que no reste ni añada a la dignidad y eficacia de Cristo, único Mediador». Pues «la mediación única del Redentor no excluye, sino que suscita en las criaturas diversas clases de cooperación, participada de la única fuente».
«La Iglesia no duda en confesar esta función subordinada de María, la experimenta continuamente y la recomienda a la piedad de los fieles para que, apoyados en esta protección maternal, se unan con mayor intimidad al Mediador y Salvador».
¿María, pues, sería mediadora [o cooperadora], como lo puede ser un santo cualquiera o un ángel?
"Una cosa es esta cooperación de diversas clases que la gracia de Dios suscita en las criaturas, la primera de ellas Nuestra Señora, como nos dice San Alfonso María deLigorio en «Las glorias de María»: «Pues si Jeremías, después de su muerte, ruega por la ciudad de Jerusalem (2 Macab. XV,14); si los ancianos del Apocalipsis (VI,8) presentan a Dios las oraciones de los Santos; si promete San Pedro a sus discípulos (2 Petr. I,15) acordarse de ellos, después de pasar de este mundo; si San Esteban (Act. VII,59) ruega por sus perseguidores; si San Pablo (Act. XXVII,24) lo hace por sus compañeros; si pueden los Santos pedir por nosotros, ¿por qué no hemos de solicitar la intercesión de María Santísima? El mismo San Pablo (1 Tesal. V,25) se encomendó en las oraciones de sus discípulos. Y Santiago (V,1.) nos exhorta a rogar los unos por los otros».
"Mas lo que el Concilio no dijo —pese a que muchos padres conciliares pidieron una declaración explícita— es lo que prueba el mismo San Alfonso María de Ligorio pocos renglones más adelante. Esto es «que su intercesión (de María Santísima) es necesaria para salvarnos, si no de una manera absoluta y rigurosa, a lo menos moralmente, hablando con toda propiedad. Y decimos que esta necesidad dimana de la voluntad positiva de Dios, que ha determinado que TODAS las gracias que a los hombres dispensa hayan de pasar por manos de María, según la opinión de San Bernardo, que ya es común hoy entre los loctores y teólogos». (Y cita numerosos teólogos). ...«Prerrogativa que atribuyen largamente San Germán, San Anselmo, San Juan Damasceno, San Buenaventura, San Antonino, San Bernardino de Siena y tantos otros doctores sagrados, que sin dificultad aseguran ser la intercesión de María no sólo útil, sino también necesaria...»
Y así «confesamos que Jesucristo es el único mediador de justicia Y por sus méritos alcanzamos gracia y salvación, pero añadimos que María es mediadora por gracia, y que si bien cuantos favores nos impera son en virtud de los méritos del Redentor, y pidiéndolos Ella en nombre del Redentor, pero al fin, pasan todos por sus benditas manos».
«San Antonino asegura que todas cuantas misericordias se han dispensado a los hombres, todas han sido por medio de María»... «El Padre Suárez enseña ser hoy sentir de la Iglesia Universal que la intercesión de la Virgen no sólo es útil sino necesaria» [...] «A nadie se da entrada por el Cielo sino por Ella, nadie se salva sino por María, como dijo San Germán. ¿No dicen claramente los Santos que nos es necesaria la intercesión de la divina Madre? Decía San Cayetano: Bien podemos buscar la gracia, pero jamás la encontraremos sino por medio de María. Pero sin valerse de Ella, añade San Antonino, es como volar sin alas».
"«Así dice Dios: Id a María, pues ha decretado, dice San Bernardo, no conceder a nadie cosa alguna sino por su medio»."

Una abrumadora mayoría modernista y no mariana
Centenares de Padres Conciliares pidieron que el Concilio, con el Papa a su cabeza, consagrara Rusia al Inmaculado Corazón de María y que se proclamara el dogma de la Mediación Universal de María Santísima.
No se hizo ni una cosa ni otra, pero se aprobó por 2.151 votos contra sólo 5 este "documento fundamental del Concilio Vaticano II"... la Constitución Dogmática Lumen Gentium" el 19 de noviembre de 1964. Lo que dijo de la Virgen podría aprobarlo Martín Lutero.
Glosando las célebres coplas nos preguntamos:
¿Qué se fizo el pío y mariano,
los teólogos y doctores, qué se ficieron?
Los "doctos" y los "piadosos" defeccionaron en su casi totalidad, aprobando este documento que nos dice que fuera de la Iglesia hay santidad y salvación y que debemos no excedernos en cantar las alabanzas de la Emperatriz del Cielo y de la Tierra, la Omnipotencia Suplicante.
Cinco, ¡sólo cinco!, Padres Conciliares votaron en contra. No sabemos sus nombres pues ninguno de ellos hizo pública su discrepancia. No hizo suyo el ¡Clama, ne cesses! de Isaías profeta, ni el paulino ¡ay de mí si no evangelizare!
Hay algo sobrenaturalmente misterioso en esta defección episcopal a sólo seis años de la muerte de Pío XII; y en la indiferencia del mundo católico que no comprendió lo que había pasado y que dio frutos de muerte. Nos hace pensar en la dispersión de los Apóstoles en Getsemaní.
¡Qué cambio fundamental se produjo en la Iglesia en muy pocos años! Decenas de miles de sacerdotes y monjas abandonaron su ministerio y vocación, desaparecieron los hábitos religiosos, aparecieron los clérigos guerrilleros, etc., etc., etc.
El propio Pablo VI reconoció que no había entrado el soplo del Espíritu Santo sino "el humo de Satanás", y que en vez de la renovación se había producido la "autodemolición" de la Iglesia. (Expresión gráfica aunque impropia, pues Ella es siempre la Esposa Mística del Cordero Inmaculado).
¿No será, como plantea un autor mariano, que la Santísima Virgen en La Salette le anunció a Melania acontecimientos para el año 64 más bien que para 1864 como ésta dijo?
Veamos así el texto de La Salette (publicado en el n? 106. de nuestra revista):
"En el año 64 Lucifer, con un gran número de demonios serán desatados del infierno. Abolirán la fe poco a poco, aún entre las personas consagradas a Dios; las cegarán de tal manera que, a menos de una gracia particular, esas personas tomarán el espíritu de esos malos ángeles. Muchas casas religiosas perderán completamente la fe y se perderán muchísimas almas.
"Los libros malos abundarán en la tierra y los espíritus de las tinieblas extenderán por todas partes un relajamiento universal en todo lo relativo al servicio de Dios y obtendrán un poder extraordinario sobre la naturaleza. Habrá Iglesias dedicadas al servicio de esos espíritus."
Recordemos que en 1864 se fundó la Primera Internacional, una sociedad cuyo fin era oficialmente la implantación del ateísmo en el mundo.
¿Podrían ser como tipo y antitipo de estos anuncios proféticos?

EL ECUMENISMO
"El mismo 21 de noviembre de 1964, fue aprobado por el Concilio y promulgado por Pablo VI, el decreto Unitatis Redintegratio (U.R.) sobre el ecumenismo.
"«El Señor de los siglos —dice— ha empezado recientemente a infundir con mayor abundancia en los cristianos desunidos entre sí, el arrepentimiento y el deseo de la unión... también entre nuestros hermanos separados... para restablecer la unidad de todos los cristianos... (es —dice poco antes— como si Cristo mismo estuviera dividido). Casi todos, aunque de manera distinta, aspiran a una Iglesia de Dios única y visible que sea verdaderamente universal y enviada a todo el mundo, a fin de que el mundo se convierta al Evangelio y de esta manera se salve para gloria de Dios».
"Esta Iglesia ideal a que casi todos aspiran no es la única Iglesia que fundó Cristo Nuestro Señor, es distinta —y así lo dicen— según sea la Iglesia o secta de cada uno de los que tienen esa aspiración.
"Es pues un ideal «único» y «distinto» a la vez.
"Sobre esta unión señalaba Pío XI (Mortalium Animos): «Y aquí se nos ofrece ocasión de exponer y refutar una falsa opinión de la cual parece depender toda la cuestión y en la cual tiene su origen la múltiple acción y confabulación de los católicos que trabajan, como hemos dicho, por la unión de las iglesias cristianas. Los autores de este proyecto no dejan de repetir casi infinitas veces las palabras de Cristo: 'Sean todos una misma cosa... Habrá un solo rebaño y un solo pastor' (Juan, XVII,21); X,16), mas de tal manera las entienden, que según ellos sólo significan un deseo y una inspiración de Jesucristo, deseo que todavía no se ha realizado.»
"Luego el decreto sobre Ecumenismo dice que los disidentes «que creen en Cristo y recibieron debidamente el bautismo, están en una cierta comunión con la Iglesia Católica aunque no perfecta... Con todo derecho se honran con el nombre de cristianos y los hijos de la Iglesia Católica los reconocen con razón, como hermanos en el Señor. Además de los elementos o bienes que conjuntamente edifican y dan vida a la propia Iglesia, pueden encontrarse muchísimos y valiosos fuera del recinto visible de la Iglesia Católica: la Palabra de Dios escrita, la vida de la gracia, la fe [¿en qué?] la esperanza y la caridad y otros dones interiores del Espíritu Santo y los elementos visibles; todas estas realidades que provienen de Cristo y a El conducen pertenecen por derecho a la única Iglesia de Cristo».
"La expresión «única Iglesia de Cristo» no es unívoca sino ambigua.
"Véase el nuevo Código [de Derecho Canónico]. Su canon 204, Nº 1 dice: «Son fieles cristianos quienes incorporados a Cristo por el bautismo, se integran en el pueblo de Dios y, hechos partícipes a su modo por esta razón de la función sacerdotal, profética y real de Cristo, cada uno según su propia condición, son llamados a desempeñar la misión que Dios encomendó cumplir a la Iglesia en el mundo.»
"¿Se identifica esta «Iglesia» inequívocamente con la Una y Santa Iglesia Católica?
"No surge ello ni mucho menos de los textos que vimos o los que veremos enseguida del decreto sobre ecumenismo.
"Pero, continúa diciendo Unitatis Redintegratio: «Los hermanos separados de nosotros practican también no pocas acciones sagradas de la religión cristiana, las cuales, de distintos modos, según la diversa condición de cada Iglesia o Comunidad, pueden SIN DUDA producir realmente la vida de la gracia y hay que considerarlas aptas para abrir el acceso a la comunión de la salvación
"«Por ello las Iglesias y Comunidades separadas, aunque creemos que padecen deficiencias, de ninguna manera están desprovistas de sentido y valor en el misterio de la salvación. Porque el Espíritu de Cristo no rehusa servirse de ellas como medios de salvación, cuya virtud deriva de la misma plenitud de gracia y de verdad que fue confiada a la Iglesia Católica.»
"Acá está dicho claramente que «fuera de la Iglesia Católica hay salvación». [... ] Ella aparece sólo como una especie de hermana mayor que recibió los dones más en abundancia, «la total plenitud de los medios de salvación», o sea, una mera distinción cuantitativa.
A lo sumo podrían acaso afirmar los modernistas —decía San Pío X— y es que la religión católica por tener más vida posee más verdad y que es más digna del nombre cristiano porque responde con mayor plenitud a los orígenes del cristianismo.» (Catecismo sobre el modernismo, J.B. Lemius)
Si fuera de la Iglesia hay salvación, es lógico que las libertades modernas: de cultos, de conciencia y derivadas, sean consideradas como derechos humanos, como lo declara la constitución conciliar Dignitatis Humanae.
Si fuera de la Iglesia no hay salvación, se ve bien que las libertades modernas son «libertades de perdición», condenadas como tales por Gregorio XVI en Mirari Vos, León XIII en Libertas y Pío IX en Quanta Cura, donde comprometió la infalibilidad pontificia, pues se da en ella las notas indispensables que señala el Concilio Vaticano I al proclamar dicho dogma.
No vemos cómo se pueden conciliar los textos transcriptos con el dogma (que extra Ecclesiam nulla salus). Estos últimos no son textos ambiguos, son claros. Si el «Pueblo de Dios» de que nos habla el nuevo Código de 1983, formado por todos los bautizados, cuyos miembros son «hechos partícipes a su modo de la función sacerdotal, profética y real de Cristo» no es un instrumento de salvación, entonces ¿qué es?

¿Comunión entre las distintas iglesias que forman la Iglesia de Dios?
Extraña y oscura es la concepción de este Pueblo de Dios, que dice el Decreto de Ecumenismo: «Creemos que el Señor encomendó todos los bienes de la Nueva Alianza a un único colegio Apostólico al que Pedro preside, para constituir el único Cuerpo de Cristo en la tierra, al cual es necesario que se incorporen plenamente todos los que de algún modo pertenecen ya al Pueblo de Dios. Este pueblo durante su peregrinación terrena, aunque permanezca sometido al pecado en sus miembros, crece en Cristo y es guiado suavemente por Dios, según sus secretos designios, hasta que llegue gozoso a la entera plenitud de la gloria eterna en la Jerusalén celestial» (n. 3).
O sea este «Pueblo de Dios» que no se identifica inequívocamente con la Iglesia Católica, es presentado como instrumento de salvación.
En esta misma línea es también lo que poco después dice el documento sobre Ecumenismo, que «por la celebración de la Eucaristía del Señor en cada una de estas Iglesias [habla de las orientales separadas] se edifica y crece la Iglesia de Dios y por la concelebración se manifiesta la comunión entre ellas» (n. 15).
¿Qué es esta «Iglesia de Dios» que engloba a cismáticos y herejes de distintas creencias? [¡Esto es anticatólico!]
Esta indefinida «Iglesia de Dios» como el «Pueblo de Dios» (¿co-extensivo o no con ella?), ¿son instrumentos de salvación o no? Si no, ¿cómo son «de Dios» y qué vale todo lo que dicen? Sólo servirá para engañar a las ovejas propias y a las «separadas». Palabras de políticos y no de pastores de pastos eternos.
Esta es una concepción latitudinarista de la Iglesia como «pueblo de Dios», en marcha hacia El por caminos distintos pero convergentes, que no excluye de suyo, a las religiones no cristianas.
La declaración Nostra Aetate sobre la relación con estas últimas dice: «La Iglesia Católica nada rechaza de lo que en estas religiones hay de verdadero y santo» (!!) (p. 831). Hace el cálido elogio del hinduísmo, budismo, islamismo y judaismo. Y «... exhorta a sus hijos a que... mediante el diálogo y la colaboración con los adeptos de otras religiones... reconozcan, guarden y promuevan aquellos bienes espirituales y morales, así como los valores socio-culturales, que en ellos existen» (p. 832).
Estos bienes y estos valores, estas religiones tan elogiadas, con todo lo que tienen de «verdadero y santo», parecería que según el Concilio, son medios de salvación, pues sino ¿qué son y qué valen esas religiones y los elogios que les hace el Concilio?
En cambio los católicos fieles a la Santa Tradición y al Romano Pontífice: «Por apremio de la fe, estamos obligados a creer y mantener que hay una sola y Santa Iglesia Católica y la misma Apostólica y nosotros firmemente la creemos y simplemente la confesamos, y fuera de ella no hay salvación ni perdón de los pecados, como quiera que el Esposo clama en los Cantares: Una sola es mi paloma, una sola es mi perfecta. Unica es ella de su madre, la preferida de la que le dio a luz (Cant. 6,8). Ella representa un solo cuerpo místico, cuya cabeza es Cristo, y la cabeza de Cristo, Dios. En ella hay un solo Señor, una sola fe, un solo bautismo (Eph. 4,5)...» (D. 468).
Sigue U. R.: «Y como estas Iglesias [las orientales]; aunque separadas tienen verdaderos sacramentos y, sobre todo, por la sucesión apostólica, el sacerdocio y la Eucaristía (También los arrianos los tenían, sin embargo San Hermenegildo prefirió la muerte antes que recibir sus sacramentos) con los que se unen todavía a nosotros con vínculo estrechísimo no solamente es posible, sino que se aconseja, alguna comunicación con ellas en las funciones sagradas, dadas las circunstancias oportunas y con la aprobación de la autoridad eclesiástica» (n. 15).
¿«Vínculo estrechísimo» entre el Arca de salvación y las barcas que llevan a otro puerto? Temamos por este abrazo, que es mortal.
"Pues con este extraño «vínculo estrechísimo» abren la puerta a la intercomunión, como ya lo anuncian y lo precisarán otros documentos.
Ya el Papa Pelagio II (575-590) decía a los obispos cismáticos de Istria: «El que no guarda esta unidad de la Iglesia ¿cree guardar la fe? El que abandona y resiste a la cátedra de Pedro, sobre la que está fundada la Iglesia ¿confía estar en la Iglesia?» [...] «No pueden llegar al premio de la paz del Señor porque rompieron la paz del Señor con el furor de la discordia... No pueden permanecer con Dios los que no quisieron estar unánimes én la Iglesia». Y luego «el pecado de cisma es peor que el de quienes sacrificaron» [a los ídolos]. (D. 246-247).
"Y Bonifacio VIII en su Bula Unam Sanctam ratifica la doctrina de siempre: «someterse al Romano Pontífice, lo declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos como de toda necesidad de salvación para toda humana creatura» (D. 469).

Las culpas de la Iglesia y por ende... de los Papas
Sobre la culpa de las sagradas autoridades de la Iglesia Una y Santa en la separación de otras Iglesias o Comunidades lo dice el decreto repetidas veces.
"La Tradición transmitida por los Apóstoles fue recibida de diversas formas y maneras. Por esto desde los mismos comienzos de la Iglesia fue explicada diversamente en cada sitio por la distinta manera de ser y la diferente forma de vida. Todo esto, además de las causas externas, por falta también de mutua comprensión y caridad, dio ocasión a las separaciones» (n. 14).
«En siglos posteriores nacieron disensiones más amplias y comunidades no pequeñas se separaron de la plena comunión de la Iglesia Católica, a veces no sin culpa de los hombres de una y otra parte» (n. 3).
Y más adelante: «Humildemente, por tanto, pedimos perdón a Dios y a los hermanos separados...» (n. 7).
"En la carta sobre Lutero que envió Juan Pablo II al Cardenal Willebrands 20, dice: «La ruptura de la unidad eclesial no se puede reducir ni a la escasa falta de comprensión por parte de las autoridades de la Iglesia Católica, ni solamente por la escasa comprensión del verdadero catolicismo por parte de Lutero, aunque ambas partes jugaron su papel... La culpa, donde se encuentra, debe ser reconocida en cualquier parte en que esté. Allí en donde la polémica ofuscó la mirada, la dirección de esa mirada debe ser corregida independientemente de una o de otra parte.»
El capítulo siguiente de U. R. «La práctica del Ecumenismo», por sus reiteraciones y sus silencios deja flotando el siguiente interrogante: ¿por qué la Iglesia durante tantos siglos no puso en práctica estas normas, esta renovación interior y apertura del corazón (nn. 6 y 7), esta oración en conjunto con los hermanos separados (n. 8), este conocimiento mutuo (n. 9), este ver «las instituciones teológicas y las demás disciplinas bajo el aspecto ecuménico, para que respondan con mayor exactitud a la realidad» (n. 10), este exponer «la fe católica con una forma y un lenguaje que la haga realmente comprensible a los hermanos separados»? (n. 11).
En cambio Papas y Concilios condenaron tesis, anatematizaron a heresiarcas y a quienes sostuvieron formalmente los errores condenados.
Los católicos del llano, espectadores que no actores de esta lucha doctrinal, se ven llevados a preguntar: ¿a quién o a quiénes se debe «esta división que contradice abiertamente a la voluntad de Cristo» y «es un escándalo para el mundo»? (n. 1).
La respuesta que estas frases insinúan en sus corazones es clara: ¿quién sino las autoridades de las iglesias y comunidades y en primer lugar de aquella que pretende ser la Madre y Maestra de las demás y gobernarlas a todas?

¿Cuáles son las Iglesias y las comunidades eclesiales separadas de la Sede Apostólica Romana?
«Nos fijamos en las dos principales clases de escisiones que afectan a la túnica inconsútil de Cristo.»
«Las primeras ocurrieron en Oriente, por la negación de las fórmulas dogmáticas de los Concilios de Efeso y Calcedonia y posteriormente por la ruptura de la comunión eclesiástica entre los Patriarcados orientales y ia Sede Romana» (n. 13).
O sea, comprenden no sólo las iglesias bizantinas (comúnmente y mal llamadas «ortodoxas») sino las que siguieron las herejías de Nestorio o de los monofisitas.
En el párrafo siguiente dice el decreto sobre Ecumenismo: «Se ha de estimar como es debido el hecho de que los dogmas fundamentales de la fe cristiana sobre la Trinidad y el Verbo de Dios encarnado de la Virgen María hayan sido definidos en los Concilios ecuménicos celebrados en Oriente. Las Iglesias orientales han sufrido y sufren mucho por conservar esa fe» (n. 14); pero, ¡éstas incluyen a las que negaron esa fe en Efeso y Calcedonia! De todas sin excepción dirá más adelante que «se unen a nosotros con vínculo estrechísimo». Sólo nos separan algunos «dogmas fundamentales de la fe cristiana». No parece tanta la estima que de ellos hacen, como tampoco del principio de no contradicción.
Volvamos al tema de las escisiones.
«En Occidente acaecieron las otras, después de más de cuatro siglos, a causa de los sucesos comúnmente conocidos con el nombre de Reforma. A partir de entonces muchas comuniones [sigue el uso de la equívoca palabra] ya nacionales, ya confesionales, quedaron separadas de la Sede Romana. Entre aquéllas en las que las tradiciones y estructuras católicas continúan subsistiendo en parte, ocupa lugar especial la comunión anglicana
«Sin embargo, estas diversas separaciones difieren mucho entre sí, no sólo por razón de su origen, lugar y época, sino, sobre todo, por la naturaleza y gravedad de los problemas que se refieren a la fe y a la estructura eclesiástica» (n. 13).
«Las Iglesias de Oriente y Occidente, durante muchos siglos, siguieron su propio camino, unidas, sin embargo, por la comunión fraterna de la fe y de la vida sacramental, siendo la Sede Romana, por común consentimiento, la que resolvía cuando entre las Iglesias surgían discrepancias en materia de fe o de disciplina» (!) (n. 14).

El Concilio desconoció la constitución monárquica de la Iglesia
"Es falso lo que dice, como vimos recién, el decreto sobre Ecumenismo, que «la Sede Romana por común consentimiento resolvía cuando entre las Iglesias surgían discrepancias en materia de fe o de disciplina». Madre y maestra de todas las Iglesias fue siempre la «Santa Iglesia Romana», que «no ha sido antepuesta a las otras Iglesias por constitución alguna conciliar, sino que obtuvo el primado por la evangélica voz del Señor y Salvador, cuando dijo 'Tú eres Pedro' (Mt. 16, 18)...» (D. 163, decretal de San Gelasio, año 495).
«La misma Iglesia Romana tiene el sumo y pleno primado y principado sobre toda la Iglesia Católica que verdadera y humildemente reconoce haber recibido con la plenitud de potestad, de manos del mismo Señor en la persona del bienaventurado Pedro, príncipe o cabeza de los Apóstoles, cuyo sucesor es el Romano Pontífice. Y como está obligada más que las demás a defender la verdad de la fe, así también, por su juicio deben ser definidas las cuestiones que acerca de la fe surgieren. A ella puede apelar cualquiera que hubiere sido agraviado en asuntos que pertenecen al foro eclesiástico y en todas las causas que tocan al examen eclesiástico, puede recurrirse a su juicio. Y a ella están sujetas todas las Iglesias y los prelados de ellas le rinden obediencia y reverencia» (D. 466).
«Si, pues, los griegos u otros dicen no haber sido encomendados a Pedro, y a sus sucesores, menester es que confiesen no ser de las ovejas de Cristo, puesto que dice el Señor en Juan que hay un solo rebaño y un solo pastor» (Juan X,16) (D. 468) (Bula Unam Sanctam.)
La profesión de fe que propuso el Papa San Hormisdas para recibir a los clérigos orientales dice: «Primordial salud es guardar la regla de la recta fe y no desviarse en modo alguno de las constituciones de los Padres. Y pues no puede pasarse por alto la sentencia de Nuestro Señor Jesucristo que dice: Tú eres Pedro y sobre esta piedra edificaré mi Iglesia, etc. (Mt. XVI,18), tal como fue dicho se comprueba por la experiencia, pues en la Sede Apostólica se conservó siempre inmaculada la religión católica. No queriéndonos separar un punto de esta esperanza y de esta fe y siguiendo las constituciones de los Padres, anatematizamos todas las herejías, señaladamente al hereje Nestorio, que en otro tiempo fue obispo de Constantinopla, condenado en el Concilio de Efeso por el bienaventurado [San] Celestino, Papa de la ciudad de Roma, y por el venerable varón [San] Cirilo, obispo de Alejandría. Igualmente anatematizamos también a Eutiques y a Dióscoro Alejandrino, condenados en el Santo Concilio de Calcedonia, que seguimos y abrazamos, el cual siguiendo al Santo Concilio de Nicea predicó la fe apostólica» (D. 171). Así sintió siempre la Iglesia. [No las «aceptó a la luz de la Tradición».]

Las iglesias y comunidades eclesiales separadas en Occidente
«El amor y la Veneración y casi culto a las Sagradas Escrituras conducen a nuestros hermanos al estudio constante y solícito de la Biblia, pues el Evangelio es poder de Dios para la salud de todo el que cree, del judío primero, pero también del griego (Rom. 1, 16)» (U.R. n. 21, p. 753).
Una vez más el dogma de que «fuera de la Iglesia no hay salvación» (cuenta habida de la ignorancia invencible y de cómo ésta es considerada por la justicia y misericordia de Dios), aparece negado, pues se presenta a las distintas religiones, como otros tantos caminos para ir a Dios.
"Así, más adelante dicen que «las comunidades eclesiales separadas, aunque les falte esa unidad plena con nosotros que dimana del bautismo, y aunque creamos que, sobre todo por la carencia del sacramento del orden, no han conservado la genuina e íntegra sustancia del Misterio eucarístico, sin embargo, mientras conmemoran en la Santa Cena la muerte y la resurrección del Señor, profesan que en la comunión de Cristo se significa la vida, y esperan su glorioso advenimiento. Por esto, la doctrina sobre la Cena del Señor, sobre los demás sacramentos [¿qué otro tienen además del bautismo, no siempre válido?], sobre el culto y los ministerios de la Iglesia, debe ser objeto del diálogo» (n. 22).
¿Qué clase de «comunión de Cristo» es ésta, en qué se parecen la renovación incruenta del sacrificio del altar, el milagro (incomprensible a los ángeles y a los hombres) de la Transubstanciación, con el relato protestante de la Ultima Cena? Esta falsificación del misterio central de la Santa Misa no da ni «significa la Vida».
Este no es un lenguaje católico, sino ambiguo y aún falso que no revela amor ardiente a las almas de los hermanos separados ni a la gloria de Dios.
Pensemos que las comunidades separadas comprenden sectas que sostienen hasta la poligamia [mormones], pues el libre examen no tiene límites, ni el decreto sobre el Ecumenismo los pone ni los quiere poner.

"Communicatio in sacris
El mismo día del decreto sobre el Ecumenismo (y de Lumen Gentium), el Concilio abrió la puerta a lo que después se llamó «hospitalidad eucarística». El decreto sobre las Iglesias Orientales Católicas, tiene un último capítulo sobre el trato con «los hermanos de las Iglesias separadas» (Orientalium Ecclesiarum).
Primero dicen la buena doctrina: «está prohibida por ley divina la comunicación en las cosas sagradas que ofenda la unidad de la Iglesia o que lleve consigo adhesión formal al error o peligro de errar en la fe, de escándalo o de indiferentismo». Luego entreabren la puerta que cada vez se va a abrir más: «Pero... la práctica pastoral demuestra que se pueden y deben considerar diversas circunstancias individuales en las que la unidad de la Iglesia no sufre detrimento ni hay peligros que se hayan de evitar...» (n. 26). En consecuencia «... pueden administrarse los sacramentos de la penitencia, Eucaristía, unción de los enfermos a los orientales que de buena fe viven separados de la Iglesia Católica, con tal que los pidan espontáneamente y tengan buena disposición. Más aún: pueden también los católicos pedir esos mismos sacramentos a ministros acatólicos de Iglesias que tienen sacramentos válidos, siempre que lo aconseje la necesidad o un verdadero provecho espiritual y sea fisica o moralmente imposible acudir a un sacerdote católico» (n. 27)
El Concilio de Florencia (1438-1445), XVII ecuménico, para la unión con los griegos, armenios y jacobitas (coptos), celebrado bajo Eugenio IV: «Firmemente cree profesa y predica que nadie que no esté dentro de la Iglesia Católica, no sólo paganos, sino también judíos o herejes y cismáticos, puede hacerse partícipe de la vida eterna, sino que irá al fuego eterno que está aparejado para el diablo y sus ángeles (Mt. XXV,41) a no ser que antes de su muerte se uniere con ella; y que ES DE TANTO PRECIO LA UNIDAD EN EL CUERPO DE LA IGLESIA, QUE SOLO A QUIENES EN ÉL PERMANECEN LES APROVECHAN PARA SU SALVACION LOS SACRAMENTOS y producen premios eternos los ayunos, limosnas y demás oficios de piedad y ejercicios de la milicia cristiana. Y que nadie, por más limosnas que hiciere, aún cuando derramare su sangre por el nombre de Cristo, puede salvarse, si no permaneciere en el seno y unidad de la Iglesia Católica» (D. 714).
Y el Concilio de Trento (sesión XIII, Can. 11, aprobado por el Papa Julio III) dice: «Si alguno dijere que la sola fe es preparación suficiente para recibir el sacramento de la Santísima Eucaristía, sea anatema» (D. 893).
Con cuanto mayor razón se aplica este canon a las iglesias orientales que no tienen siquiera la fe íntegra que profesa la Iglesia Católica: no creen que el Espíritu Santo procede del Padre y del Hijo (cuestión del «Filioque»), no creen que sean de divina revelación ni el Purgatorio ni la Inmaculada Concepción de Nuestra Señora, ni creen tampoco en el primado e infalibilidad del Romano Pontífice. ¡Qué no decir de los protestantes! Nunca la Iglesia Católica dio sus sacramentos a quienes estaban fuera de ella.
El Código de Derecho Canónico promulgado en 1917 así lo estatuye en su canon 731.2: «Está prohibido administrar los Sacramentos de la Iglesia a los herejes y cismáticos, aunque estén de buena fe en el error y los pidan, a no ser que antes, abandonados sus errores, se hayan reconciliado con la Iglesia»."
Hasta aquí textos de nuestro trabajo "Ecumenismo contra la Fe católica", ROMA nº 85, pp. 10-19.
El Directorio Ad Totam Ecclesiam del 28-IV-67 y la "Instrucción sobre los casos especiales de admisión de otros cristianos a la comunión eucarística en la Iglesia Católica", del l-VI-72, "promulgados" por Pablo VI; y el Nuevo Código de Derecho Canónico, "promulgado" el 25-1-83 por Juan Pablo II, permiten dar la comunión y otros sacramentos a orientales separados y protestantes sin conversión ni abjuración previas.
El decreto Orientalium Ecclesiarum fue aprobado por 2.110 votos contra 39 y Unitatis Redintegratio por 2.137 contra 11. O sea, fueron 39 y 11 votos católicos pero no intrépidos, sino ¡ay! perros mudos.

¿Aceptar el Concilio a la luz de la Tradición evitando toda polémica?
Pero no podemos "aceptar el Concilio a la luz de la Tradición" como expresara hace unos años, Mons. Lefebvre, ni como hace en el Protocolo que "firmé ayer —dijo el 6-V-88— con verdadera satisfacción" (la ruptura con Roma fue por las consagraciones episcopales). Este dice: "3. A propósito de ciertos puntos enseñados por el Concilio Vaticano II o que conciernen a las reformas posteriores de la liturgia y del derecho y que nos parecen difícilmente conciliables con la Tradición, nos comprometemos a tener una actitud positiva de estudio y de comunicación con la Sede Apostólica, evitando toda polémica".
¡No! "Apoyados en las Sagradas Escrituras y en la Tradición, la doctrina unánime de sus santos doctores y teólogos y los ejemplos de sus santos, decimos no a este Nuevo Código y a los contradictorios documentos conciliares y post-conciliares que lo prepararon y sirven de aclaración, como decimos no al pecado".
Así, pues, rechazamos el Concilio a la luz de la Tradición. Porque fuera de la Iglesia no hay salvación ni santidad. Ni en el cisma griego, ni en la Reforma, ni en el judaismo, ni en el Islam, ni en el hinduísmo, ni en el budismo; aunque, cómo en todo error, haya en ellos fragmentos de verdad.
Porque en la devoción a la Virgen Santísima no cabe "falsa exageración", ni "sentimentalismo estéril", ni "vana credulidad"; puesto que de Maria numquam satis, de María nada es bastante, no se puede uno exceder en su confianza en Ella, "no la pueden glorificar dignamente ni las lenguas de los ángeles ni las de los hombres". Y porque "tenemos necesidad de un mediador para con el Mediador mismo", pues "por Ella nos ha venido Jesucristo, por Ella debemos ir a El", como afirma San Luis María Grignion de Montfort, apoyándose en San Bernardo y San Buenaventura, y como confirma el Magisterio ordinario.
Porque no se pueden dar los sacramentos de la Fe a quienes no tienen la Fe, y aun ella sola no basta, como nos asegura Trento con anatema.
Y para este rechazo invocamos y nos apoyamos confiadamente en nuestra Madre, cuyo espíritu es más dulce que la miel y el panal, pero que también es "terrible como ejército ordenado".

Las condiciones de la infalibilidad
Lumen Gentium y los decretos sobre las Iglesias orientales y el ecumenismo como los demás documentos del Concilio, terminan así:
"Todas y cada una de las cosas establecidas en esta Constitución dogmática [este Decreto] han obtenido el beneplácito de los Padres del Sacrosanto Concilio. Y Nos, con la potestad apostólica que nos ha sido conferida por Cristo, juntamente con los venerables padres, las aprobamos, decretamos y estatuimos en el Espíritu Santo, y ordenamos que lo así decretado conciliarmente sea promulgado para gloria de Dios".
"Roma, en San Pedro, día 21 de noviembre de 1964.
Yo, PABLO, obispo de la Iglesia Católica".

En esta "Constitución dogmática" como en estos Decretos, se han dado las tres condiciones que requiere la definición dogmática de la infalibilidad pontificia de Pío IX y Vaticano I en la Constitución Pastor Aeternus:
"Así, pues, nos siguiendo la tradición recogida fielmente desde el principio de la fe cristiana. . . enseñamos y definimos ser dogma divinamente revelado: Que el Romano Pontífice, cuando habla ex Cathedra —esto es, cuando [1] cumpliendo su cargo de pastor y doctor de todos los cristianos [2] define por su suprema autoridad apostólica, [3] la doctrina sobre la fe y costumbres que debe ser sostenida por la Iglesia universal, por la asistencia divina que le fue prometida en la persona del bienaventurado Pedro, goza de aquella infalibilidad de que el Redentor Divino quiso que estuviera provista su Iglesia en la definición de doctrina sobre la fe y costumbres; y, por tanto, que las definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia" (D. 1839).
Antes había dicho el Concilio que promulgó Pío IX: "Ahora bien, deben creerse con fe divina y católica todas aquellas cosas que se contienen en la palabra de Dios escrita o tradicional, y son propuestas por la Iglesia para ser creídas como divinamente reveladas, ora por solemne juicio, ora por su ordinario y universal magisterio (D. 1792 y canon 1323, § 1).
Pero no podemos creer con fe divina y católica todas y cada una de las cosas establecidas por Vaticano II en los documentos que vimos ni en la Declaración sobre la libertad religiosa, Dignitatis Humanae, "promulgada" al año siguiente (el 7-XII-65) con la misma solemne fórmula.
Luego o falta alguna condición más para comprometer la infalibilidad, o alguna de las tres no se cumple.

¿Qué condición faltó en los documentos de Vaticano II?
Michel Martin —ya desde 1970 en varios estudios publicados en varias revistas y en De Rome et ailleurs señala la contradicción evidente, párrafo frente a párrafo, entre Dignitatis Humanae y la encíclica Quanta Cura de Pío IX donde el Papa compromete su infalibilidad en la condena de las libertades modernas.
Ante esta contradicción, M. Martin cree encontrar la solución en una cuarta condición para que aquélla se dé: "Que sea suficientemente manifiesta la intención de obligar a los fieles". Esta condición, clarísima en Quanta Cura, no la ve en Dignitatis Humanae. Además, tanto Juan XXIII como Pablo VI dijeron que el Concilio era pastoral y no dogmático.
El Abbé V. M. Zins en el nº 9 de Sub tuum Praesidium (9-X-87) hace un análisis profundo de la definición de Pastor Aeternus sobre la infalibilidad (D. 1839), reconoce la buena fe con que trabajó y establece, acumulando pruebas, que:
1. La obligación no es una condición sino una consecuencia de la infalibilidad. Si la obligación es explicitada, refuerza, pero no por ello se vuelve condición. También el magisterio ordinario nos propone cosas a creer con fe divina y católica.
2. Pero además, las fórmulas de Vaticano II son suficientemente explícitas, en orden a la obligación: "Y Nos, con la potestad apostólica que nos ha sido conferida por Cristo... las aprobamos, decretamos y estatuimos en el Espíritu Santo, y ordenamos que lo así decretado conciliarmente sea promulgado para gloria de Dios".
"Y bien —dice— los términos de Dignitatis Humanae [y añadimos, de los otros documentos que comentamos] comportan las exigencias requeridas por la segunda y tercera condiciones de la infalibilidad. No queda sino la primera:
Yo, Pablo, obispo de la Iglesia Católica"
"Debemos pues concluir que la definición dogmática de Pastor Aeternus y la condenación dogmática de Quanta Cura [y de todos los documentos que afirman que extra Ecclesiam nulla salus y prohiben dar los sacramentos a herejes y cismáticos sin previa conversión] nos obligan a admitir, en nombre mismo de la Fe, que Pablo VI no era Papa, sino un antipapa, un impostor".
"De allí —concluye Zins— la cuestión y obligación de fe que plantean los sede-vacantistas".

¿Papa haereticus deponendus est?
La ruptura con la Tradición, el culto del Hombre de Vaticano II y Pablo VI, la Declaración sobre la libertad religiosa y luego el Novus Ordo Missae impuesto con irregularidades y declaraciones contradictorias, llevaron a muchos a plantearse el tema del Papa hereje.
Así el abbé G. de Nantes con su Liber Acusationis, puesto en manos del propio Pablo VI el 10-IV-73 y Arnaldo Xavier Vidigal da Silveira en "La Nouvelle Messe de Paul VI".
Pero ambos sostienen la tesis de Cayetano (y Suárez) que "Papa haereticus deponendus est", debe ser depuesto o que su herejía debe ser notoria y divulgada en público. Y admiten que mientras ello no suceda la Iglesia pueda ser regida por quien falta gravemente a la fe católica. Lo mismo admitió el R. P. Guerard de Lauriers con su teoría del Papa materialiter, y en forma práctica, Mons. Lefebvre.
Durante más de veinte años la resistencia católica aceptó —salvo contadísimas excepciones— como Papas a Pablo VI y Juan Pablo II, aún resistiendo a sus medidas contrarias a la Fe y las costumbres católicas. "Doctores tiene la Santa Iglesia..." pensábamos.
Pero las "encíclicas", diálogos y discursos ecuménicos de Juan Pablo II, la promulgación del Nuevo Código de Derecho Canónico, que permite dar los sacramentos a cismáticos y herejes, su participación en servicios religiosos protestantes y aun ceremonias paganas en sus "viajes apostólicos" a Oceanía, Togo, la India, su visita a la Sinagoga de Roma y la increíble reunión de Asís, nos llevaron a muchos a decir: no tiene la fe católica, no puede ser el Vicario de Cristo.
Recordemos un párrafo (6.1) de Redemptor Hominis de Juan Pablo II que explica su "ecumenismo": "¿No sucede a veces que la firme convicción de quienes profesan las religiones no-cristianas —convicción que procede del Espíritu de Verdad, operando más allá de las fronteras visibles del Cuerpo Místico— confunda a veces a los cristianos?" La frase está en forma interrogativa, pero ella lleva insertada una afirmación.
En su sermón de Pascua de 1986 Mons. Lefebvre dijo: "es posible que estemos en la obligación de creer que este papa no es papa. No quiero aún decirlo de una manera solemne y formal, pero me parece sí a primera vista, que es imposible que un papa sea hereje pública y formalmente". Después de esto vinieron la visita a la Sinagoga y Asís. Asís fue para nuestra alma como un punto crítico. Los trabajos del Dr. Johas y del Abbé Zins abrieron nuestros ojos y como obreros de la hora undécima hemos querido trabajar desde la última fila por la gloria de Dios Altísimo.

Papa haereticus depositus est
Frente a esta abominación in crescendo, Homero Johas comienza a publicar en ROMA, aún antes de Asís, su luminosa serie de artículos que no podemos resumir sino recomendar, implorar, su lectura. Pues no trae doctrinas propias, sino lo que siempre dijo la Iglesia.
Asi, el papa haereticus depositus est, no es —como algunos nos dicen— una mera tesis escolástica de Belarmino sino que éste ratifica a la Tradición, a Santo Tomás, al Papa Inocencio II y fue conminado por la Tradición posterior, por San Alfonso María de Ligorio, por Pio VI (contra los jansenistas), por la definición del Vaticano I, por el magisterio pontificio de León XIII en Satis Cognitum, Pió XII en Mystici Corporis, por el Código de Derecho Canónico de San Pío X-Benedicto XV.
El hereje deja de ser miembro de la Iglesia y si no es miembro, no puede ser cabeza; así el Papa, como cualquiera que tenga una jurisdicción eclesiástica, la pierde ipso facto al caer en herejía pública; la jurisdicción pontificia es ordinaria, no extraordinaria o instrumental.
Recuerda el Dr. Johas que la Iglesia no puede imponer una disciplina o norma peligrosa y nociva para la Fe (D. 1578), que en la sede Apostolica siempre se ha conservado inmaculada la religión católica, como afirman desde San Hormisdas hasta Vaticano I (D. 171 y 1833); que hay que someterse al régimen tradicional de la Iglesia. Y así, a la potestad de la Iglesia Romana deben todos sujetarse no sólo en materia de Fe y costumbres sino también de disciplina y régimen, ésta es "la doctrina de verdad católica de la que nadie puede desviarse sin menoscabo de su fe y salvación" como dice el Vaticano I en Pastor Aeternus (D. 1827).
Johas llama "hereticismo" a la doctrina según la cual un hereje público puede seguir siendo Papa. Así pregunta "¿Lutero podría ser Papa?". Esta doctrina enervó a la mayoría de los tradicionalistas y a los dos obispos que los encabezaban (¿Aquel silencio después de la "aprobación" por Vaticano II de Lumen Gentium y los decretos de Ecumenismo e Iglesias orientales, habrá tenido razón de causa?).

"¿En qué coinciden la luz y las tinieblas?
¿Qué concordia entre Cristo y Belial?"
(2 Cor. VI, 14-15)
En agosto de 1985 Mons. Lefebvre y Mons. de Castro Mayer escribieron a Juan Pablo II ante el Sínodo que éste convocara para celebrar los 20 años de finalizado el Concilio Vaticano II: "Si el Sínodo, bajo vuestra autoridad, persevera en esa orientación, Vos ya no seréis más el Buen Pastor".
El Sínodo ratificó a Vaticano II y... no dijeron nada. Siguieron los "viajes apostólicos", las declaraciones, ceremonias inter-religiosas, la Sinagoga y Asís. Esperamos una declaración de ruptura de nuestros guías espirituales y no se dio. La declaración de Buenos Aires del 2-XII-86, de ambos obispos, la conocimos varios días después.
Y a los pocos meses comenzaron o se reanudaron las negociaciones de Mons. Lefebvre con el Vaticano con el objeto de "normalizar" la situación de la Fraternidad San Pío X y obtener del "Santo Padre" el nombramiento de un obispo.
Al mes de iniciadas aquéllas Monseñor escribió a los cuatro futuros obispos: "La Cátedra de Pedro y los puestos de autoridad de Roma están ocupados por anticristos..." Y luego: "Vengo a vosotros por esta carta para pediros aceptar el recibir la gracia del Episcopado católico... Os conferiré esta gracia, confiando en que sin tardar la Sede de Pedro estará ocupada por un sucesor de Pedro perfectamente católico y en cuyas manos podréis depositar la gracia de vuestro episcopado para que él la confirme".
Este reconocimiento expreso plantea interrogantes sin respuesta posible por su contradicción intrínseca:
—Si es Anticristo ¿cómo se dialoga con él?
—¿Cómo puede ser Anticristo y Papa válido?
—Si es Papa válido ¿para qué se necesita confirmación por un sucesor?
—Si no necesitaba la autorización de la "Santa Sede" (sic) ¿para qué la solicitó?
—Y si era necesaria ¿cómo rompió las negociaciones y consagró obispos por su cuenta?

Y siguen más tratativas y documentos signados por la incoherencia y la doblez y el imperio del "propio juicio".
Por recordar Homero Johas en ROMA nº 103 la frase citada de Mons. Lefebvre: "Es posible que estemos en la obligación de creer que este Papa no es Papa..." fue prohibida la revista en los prioratos de Argentina, España y Portugal, pues en ese momento las negociaciones andaban a todo vapor.
Pero la ruptura unilateral del Protocolo firmado "con verdadera satisfacción" el 5-V-88, no fue por "hacer (Juan Pablo II) lo contrario de aquello para lo cual le fue dada esa autoridad".
Así, Mons. Lefebvre escribió el 20 de mayo al "Anticristo que ocupa la Sede de Pedro": "Santísimo Padre: Mientras nacía cierta esperanza en relación a la posible solución del problema de la Fraternidad, luego de la firma del Protocolo surgió una grave dificultad respecto al Episcopado acordado a la Fraternidad para sucederme en mi función [...]
"El 30 de junio se me presenta [¡juicio propio!] como la última fecha para realizar esta sucesión [...].
"Santísimo Padre, poned un término a este doloroso problema de los sacerdotes, de los fieles y de Vuestro servidor [...].
"El desarrollo de ese ambiente renovado alentado por Vuestras decisiones, Santísimo Padre [...].
"Comprenderéis fácilmente por qué un solo obispo no bastaría en un campo de apostolado tan amplio.
"Si me permito someter estas consideraciones a Vuestro juicio, es con el más profundo deseo de ayudaros a solucionar esos graves problemas que Vos os esforzáis por resolver en el curso de vuestros viajes apostólicos".
"Dignaos recibir Santísimo Padre, la expresión de mis sentimientos respetuosos y filiales en Jesús y María".

Y seis días después enviaba el siguiente "ultimátum" al Cardenal Ratzinger: "[...] con gran pesar, nos vemos obligados a pedirle antes de la fecha del primero de junio nos indique claramente cu son las intenciones de la Santa Sede sobre esos puntos: consagración de tres obispos para el 30 de junio y mayoría de miembros de la r dición en la Comisión Romana."
"Si no hay respuesta a esa solicitud, procederé a la publicación nombres de los candidatos al Episcopado que consagraré el 30 de junio con la asistencia de Su Excia. Mons. de Castro Mayer."
"Mi salud, las necesidades apostólicas para el crecimiento de nuestras obras, no permiten más demoras suplementarias".
El motivo de la ruptura no fue pues doctrinario sino práctico no ver satisfechas sus demandas (no planteadas en la primera carta del 5 de abril) de varios obispos, de una fecha tope (el 30 de junio 1988) para su consagración y de la mayoría en la Comisión Romana.
Esto lo reconoció el Superior de la Fraternidad R. P. Schmidberger en su carta nº 35 a los Amigos y Bienhechores: "Los futuros coloquios con Roma no se desarrollarán más bajo la presión del tiempo; las cuestiones doctrinales quemantes podrán y deberán ser tratadas antes que todo arreglo práctico".
Acá está dicho que en las anteriores negociaciones no fue a que esperan nuevas tratativas.

Le destronaron
Mons. Lefebvre sigue hasta hoy reconociendo a Juan Pablo II como Papa. Así dice: "Pertenecemos a la Iglesia visible, a la sociedad de los fieles bajo la autoridad del Papa, pues no rechazamos la autoridad del Papa sino lo que él hace. Nosotros sí lo reconocemos como Papa por su autoridad, pero evidentemente no lo podemos seguir cuando se sirve de ella para hacer lo contrario de aquello para lo cual le fue dada esa autoridad."
Dice pues Monseñor: "No rechazamos la autoridad del Papa sino lo que él hace." Acepta Vaticano II "a la luz de la Tradición", "evitando toda polémica"; acepta el nuevo Código de Derecho Canónico e íntima a quien llama "Santísimo Padre" la fecha en que deben consagrados los obispos, el número y designación de éstos y le 5 días para la respuesta. Al "Santísimo Padre" lo califica "anticristo" y lo trata como a un muñeco, sin respeto ni honor.
Como dice el Abbé Zins: "Le destronaron", como el título del reciente libro de Mons. Lefebvre.

Respuesta a objeciones
"Un día Monseñor dirá que Juan Pablo II perdió la Fe católica y no es más Papa." Hace 25 años que debió decirlo. No se lo reprochamos, pero el no hacerlo antes de las consagraciones episcopales, sí. Por ello las tornó ilegítimas, se excomulgó e hizo cisma. Cuando Mons. Leíebvre rompió las relaciones con el "anticristo que ocupa la Sede de Pedro", así lo expresó al "Papa" en la carta del 2 de junio: "Santísimo Padre: [...] En razón del rechazo en considerar nuestros pedidos... nosotros nos daremos, nosotros mismos, los medios para proseguir la obra que la Providencia nos ha confiado.. . Dignaos recibir, Santísimo Padre, la expresión de mis sentimientos respetuosos y filiales en Jesús y María".
Y la revista de la Fraternidad explica: "Normalmente toda consagración episcopal debe contar con un mandato apostólico del Santo Padre. Al carecer del mismo en el presente caso, fruto de la malicia de los que ocupan los puestos en Roma, Mons. Lefebvre elaboró el siguiente mandato que expresa sus sentimientos [?] al respecto...".
Para el modernismo —dice Pascendi— las religiones "son todas mero desenvolvimiento del sentimiento religioso" (D. 2077) y "la necesidad antecede al hecho" (D. 2098).
Pero el Canon 2370 dice: "El obispo que sin mandato apostólico consagra a otros obispos, en contra de lo que se dispone en el canon 953, los obispos o, en lugar de éstos, los presbíteros asistentes, y el que recibe la consagración quedan por el derecho mismo suspensos hasta que la Sede Apostólica los dispense".
"Yo no digo 'una cum fámulo tuo Papa nostro Johannes Paulo' "
arguye algún sacerdote que sigue vinculado o bajo la autoridad de la Fraternidad y sus obispos, que sí están "una cum... Johannes Paulo" y por tanto, ellos también.
Pero hay un deber de separación publica con un antipapa cismático, hereje y apóstata (2 Cor. VI, 14-17). "Si viene alguno a vosotros y no trae esta doctrina, no le recibáis en casa ni le saludéis" (2 Jn. 10).
Y estas consagraciones ilegítimas (en una misa "una cum... 'el anticristo'") exigen separarse de Mons. Lefebvre y de los obispos ilegítimamente consagrados, suspensos como tales mientras un Papa no los dispense. "Salid de en medio de ellos y separaos, dice el Señor" (2 Cor. VI, 17).
"No debemos quedarnos sin sacramentos". Pero éstos son sacramenta fidei, sacramentos de la fe.
Y "es de tanto precio la unidad en el cuerpo de la Iglesia que sólo a quienes en él permanecen les aprovechan para su salvación los sacramentos", dice el Concilio de Florencia (D. 714).

Un dilema de hierro
Y bien, hacemos un llamado a los sacerdotes y fieles, que aman a nuestra Santa Iglesia la única esposa de Cristo sin mancha ni arruga, y por fidelidad a Ella han seguido a Mons. Lefebvre, un llamado en que ponemos el corazón.
El dilema se plantea exigiendo una definición donde se juega la vida del alma.
1) Si Juan Pablo II es el verdadero Papa hay que acatar su autoridad en materia de fe y costumbres, régimen y disciplina, pues: "Someterse al Romano Pontífice, lo declaramos, lo decimos, definimos y pronunciamos como de toda necesidad de salvación para toda humana creatura" (D. 469).
2) Si no lo es hay que decirlo: "Pues con el corazón se cree para justicia y con la boca se confiesa para salud" (Rom. X,10). Para salud eterna. "Pues prestando obediencia a quien no es Papa y tributándole honores papales se quebranta el primer precepto... 'no adores a dios extranjero, ni ídolo, ni estatua, ni semejanza alguna del cielo'. ¿Qué otra cosa es el falso papa sino un dios extranjero en este mundo, un ídolo, una estatua, una imagen ficticia de Cristo? Si existe el cisma, es necesario que haya cismáticos, que no son precisamente los que obedecen al papa verdadero, sino los que obedecen al falso como si fuera legítimo".
3) Tenerlo por verdadero Papa, con jurisdicción y decir que se puede desobedecer su mandato para las consagraciones episcopales, es dar a éstas una justificación herética y cismática y por tanto volverlas ilegítimas. Esa teoría implica igualmente la excomunión, no por el antipapa sin poder, sino por el derecho divino, del cual el derecho canónico se hace simple eco en esos puntos.

"Y si no escucha tampoco a la Iglesia, sea para ti como un pagano
y como un publicano" (Mt. 18,17)

Hay quienes nos preguntan, ¿con qué autoridad hablan así? ¿Quiénes son ustedes, qué nuevos doctores?
Con ninguna autoridad de nuestra parte, sólo repetiremos lo que la Iglesia siempre dijo y que el Denzinger recopila, lo que establece el Código de Derecho Canónico, lo que dijeron los santos y doctores. No tenemos nuevas teorías o fórmulas elaboradas al calor de nuestros sentimientos; así creemos que fuera de la Iglesia no hay salvación, que no se pueden dar y recibir los sacramentos con cismáticos y aun herejes, que la herejía por naturaleza separa al hombre de la Iglesia, que es absurdo que una persona separada de la Iglesia tenga autoridad en Ella y que someterse al Romano Pontífice es toda necesidad de salvación para la humana creatura.
En lo que citamos vale la fuente citada y no quien cita.
Porque Dios puede usar a quien quiere por miserable que éste sea, para lo que le plazca. Pues "Dios ha escogido a los necios según el mundo, para confundir a los sabios; y Dios ha escogido a los flacos del mundo para confundir a los fuertes."
"Y a las cosas viles y despreciables del mundo y a aquéllas que no son, para destruir las que son."
"A fin de que ningún mortal se jacte ante su acatamiento" (I Cor. 1,27-29).
Así, cuando el profeta prevarica, Dios hace hablar a una mula. De la mula quisiéramos tener la prontitud y disposición de instrumento para hacer lo que Dios quiere y manda. Sin poner nada de nosotros mismos. Nuestras son las propias miserias, pero también un afecto ardiente, hacia todos aquellos sacerdotes, religiosas, seglares, unidos por la sangre o la amistad y el "buen combate" de tantos años por la gloria de Aquél por quien y para quien fueron creadas todas las cosas, las de los cielos y las de la tierra, y de la Madre del Amor Hermoso, que salió de la boca del Altísimo, Primogénita de toda creatura.
Por eso, pensando en todos y cada uno de quienes amamos, clamamos sobre los tejados pero también les decimos de alma a alma:
¡SEPARAOS!

Ing. M. Roberto Gorostiaga
Revista Roma
Nº 108 abril 1989

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