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viernes, 30 de septiembre de 2011

Confirmación. Sus efectos. Cómo se administra.

¿Se puede probar por la Biblia que la Confirmación es un sacramento distinto del Bautismo? ¿Qué pasaje nos dice que fue instituido por Jesucristo? La imposición de las manos (Hech VII, 17), ¿no era para conferir gracias y dones especiales, como el don de curar, el don de lenguas, etc.?
Aunque es cierto que no hay en la Biblia un texto que diga expresamente que Jesucristo instituyó este sacramento, los católicos creemos firmemente que fue instituido por Cristo como los demás, y que es totalmente distinto del bautismo (Concilio de Trento, sesión VII, De Sacr, canon 1; De Confirm, canon 1). Jesucristo prometió que los que creyesen en El recibirían el Espíritu Santo (Juan VII, 37-39; 14, 16; 16, 7).
Los apóstoles "fueron llenos del Espíritu Santo" el día de Pentecostés (Hech II, 4), y tanto San Juan (VII, 38) como San Pedro (Hech II, 38) declararon que este don de Pentecostés era para todos los cristianos. En efecto, "cuando oyeron los apóstoles en Jerusalén que los samaritanos habían recibido la palabra de Dios, enviaron a Pedro y Juan a Samaría, los cuales, apenas llegaron, hicieron oración por ellos para que recibieran el Espíritu Santo, que aún no había descendido sobre ninguno de ellos, pues solamente estaban bautizados en el nombre del Señor. Entonces les impusieron las manos y recibieron el Espíritu Santo" (Hech VIII, 14-18).
Tenemos aquí dos ritos diferentes, con efectos asimismo diferentes. Los samaritanos habían sido bautizados, y ahora, al imponerles los apóstoles las manos, recibieron visiblemente el Espíritu Santo con aquella plenitud que Cristo había prometido para los creyentes y que no se da con sólo recibir el bautismo. Luego el bautismo y la imposición de las manos son dos cosas distintas, con efectos también distintos. Ahora bien: a esa imposición de manos la llamamos confirmación.
San Jerónimo, en sus Diálogos contra los luciferianos, nos habla de la Confirmación, y dice que era administrada por los obispos. Cita luego el lugar de los Hechos de los apóstoles para probar que es un sacramento, como lo había hecho doscientos años antes San Cipriano (Epíst 73; Ad Jubian 9).
Tampoco es cierto que la imposición de manos no tenía otro fin que conferir gracias, gratis datas, como el don de lenguas, don de hacer milagros, etc., pues estas gracias se daban a veces sin imposición de manos y sin rito alguno externo (Hech X, 44) y no siempre se daban a los que recibían la Confirmación (1 Cor XII, 30).

¿Cómo se administra el sacramento de la Confirmación? ¿Es necesario para salvarse? ¿Lo puede conferir un sacerdote?'. ¿Cuáles son sus efectos?
El sacramento de la Confirmación es administrado por el obispo. Las ceremonias son éstas: Una oración con las manos extendidas sobre los que van a ser confirmados, pidiendo a Dios que envíe sobre ellas el Espíritu Santo; luego, con el dedo pulgar de la mano derecha, los va ungiendo uno a uno con crisma, haciéndoles una cruz en la frente.
El crisma es una mezcla de aceite de oliva y bálsamo, que ha sido especialmente bendecido por el señor obispo el día de Jueves Santo.
Mientras hace la cruz en la frente al que se confirma, dice el obispo: "Yo te signo con el signo de la cruz, y te confirmo con el crisma de la salud, en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo."
Hay al principio otras ceremonias que no hace al caso recordar.
Según el Concilio de Florencia, "en la Confirmación recibimos aumento de gracia y nos robustecemos en la fe".
En la Confirmación se dan al alma los siete dones del Espíritu Santo, especialmente fortaleza para profesar la fe y para vencer a sus enemigos (San Ambrosio, De Myst 7, 42).
Aunque la Confirmación no es necesaria para salvarse, como lo es el bautismo, sin embargo, ningún cristiano debiera dejarla si puede recibirla. Como dice el catecismo del Concilio de Trento: "Ninguno debiera omitirla; y ya que es un sacramento tan santo, en el cual se nos dan tan liberalmente los dones divinos, todo el cuidado que se ponga para evitar cualquier negligencia será poco."
Algunas veces el Papa concede a algunos sacerdotes el privilegio de administrar este sacramento, especialmente tratándose de Misiones de infieles, así como a los que custodian el Santo Sepulcro en Jerusalén; pero el ministro ordinario es el obispo.

BIBLIOGRAFIA.
Bilbao, Novísimo Catecismo, con ejemplos.
Devine, Los sacramentos, explicados.
Dianda, El Catecismo mayor, explicado.
Plat, Explicación del Catecismo romano de San Pió V.
Spirago, Catecismo popular explicado.
Rojo, Los sacramentos y su liturgia.

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