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viernes, 6 de enero de 2012

Extremaunción. Sus efectos. Cómo se confiere.

¿Por qué ungen con óleo los sacerdotes a los católicos cuando están para morir? Las palabras de Santiago (V, 14-15), ¿no se refieren al poder milagroso de curar que existía en la primitiva Iglesia, más bien que a un sacramento de Jesucristo?
Según el Concilio de Trento (sesión XIV, cap 1), nuestro Señor Jesucristo instituyó esta unción sagrada de los enfermos como propio y verdadero sacramento de la nueva ley, unción que fue insinuada (prefigurada) en San Marcos (VI, 13), y que fue recomendada y promulgada para todos los fieles por el apóstol Santiago con estas palabras: "¿Está enfermo alguno entre vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, y oren por él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor. Y la oración nacida de la fe salvará al enfermo, y el Señor le aliviará; y si se halla con pecados, se le perdonará" (Santiago V, 14-15). Con las cuales palabras, como consta por la tradición ininterrumpida de la Iglesia, Santiago declara la materia, la forma, el ministro y el efecto de este saludable sacramento. Así es, en efecto. La unción con óleo, como la ablución en el bautismo, es un acto visible, la materia; la oración que se dice sobre el enfermo es la forma. A este rito externo, el apóstol le atribuye gracia interna, a saber: salvación, alivio corporal y, principalmente, perdón de los pecados. Las palabras "en nombre del Señor" prueban el origen divino del sacramento. Sólo Dios puede hacer que un rito externo dé gracia y perdone los pecados. No habla aquí Santiago del don de curar milagrosamente, don que fue concedido a los discípulos cuando no eran todavía sacerdotes, sino que habla de una institución divina que debe ser administrada por los sacerdotes. Librar a uno de males físicos no es "salvarle" en lenguaje evangélico, como puede verse por otros pasajes de esta misma epístola (1, 21; 2, 14; 4, 12; 5, 20). Uno de los efectos de este sacramento es el restablecimiento de la salud corporal, pero sólo cuando ésta conviene para la salvación del alma, como expresamente declara el Concilio de Trento.

¿No hay que pensar que se equivocó el Concilio de Trento al citar el pasaje de San Marcos (VI, 13) como una prueba en favor del sacramento de la Extremaunción?
No hay que pensar tal cosa, pues el Concilio de Trento midió y pensó cuidadosamente la palabra que usó. No dijo que la unción que usaban los apóstoles "era una prueba", sino que "insinuaba", es decir, prefiguraba este sacramento; como el bautismo del Bautista prefiguraba el de Jesucristo. La unción que menciona San Marcos se refería sólo a la salud corporal (Mat X, 1; Lucas IX, 1-2), y se daba no sólo a los enfermos, sino también a los ciegos y cojos; a los cristianos, lo mismo que a los judíos y gentiles. En suma: era un don carismático que Jesús concedió a los apóstoles para acreditarlos como ministros suyos (Mat 10, 8) antes que los ordenase sacerdotes, y antes que instituyese el sacramento de la Penitencia, del cual es complemento el de la Extremaunción.

Si es cierto que la Extremaunción es un sacramento, ¿cómo es que nunca se menciona hasta el siglo XII?
Este sacramento se menciona mucho antes del siglo XII. Es cierto que los padres y escritores primitivos no hablan de él con la frecuencia con que hablan de la Penitencia y de la Eucaristía, por ejemplo; pero la causa de esto es sencillísima. En primer lugar, no han llegado hasta nosotros más que fragmentos exiguos de los comentarios que escribieron sobre esta epístola San Clemente de Alejandría, Dídimo, San Agustín y San Cirilo de Alejandría. El comentario más antiguo que poseemos es el de San Beda (735), en, el siglo VIII.
La Extremaunción era consagrada siempre como un complemento de la Penitencia, y se daba antes del Viático, como se hace hoy no pocas veces. Nótese que aún nosotros hablamos de los que mueren con los últimos sacramentos, sin mencionar expresamente la Extremaunción; y por cada tratado sobre la Extremaunción hay en todas las lenguas quinientos sobre la Eucaristía. Además, no hay que esperar que los escritores de los primeros siglos hablasen en términos expresos y categóricos por el estilo de las definiciones del Concilio de Trento. La Iglesia estaba satisfecha con el texto de Santiago, y no necesitaba tratados teológicos que le dijesen que ungiese con óleo a los moribundos, pues sabía de sobra la eficacia sacramental de la Extremaunción.
Sin embargo, no faltan alusiones bastante claras entre los escritores eclesiásticos primitivos.
Orígenes
(185-255), en su homilía sobre el Levítico (II, 43), dice que esta unción es complemento del sacramento de la Penitencia, y dice que la remisión de los pecados de que nos habla Santiago es semejante a la remisión que tiene lugar en el sacramento de la Penitencia. Como los enfermos están incapacitados para sobrellevar "los rigores y asperezas" de la penitencia pública, Dios proveyó para ellos con el sacramento de la Extremaunción.
San Juan Crisóstomo (344-407), en el tratado que escribió sobre el sacerdocio, compara el poder de los sacerdotes al poder de los padres carnales (3, 6). "Nuestros padres nos engendran para esta vida; los sacerdotes nos engendran, para la otra. Nuestros padres no pueden librarnos ni de las enfermedades ni de la muerte; en cambio, los sacerdotes curan con frecuencia el alma enferma y el peligro de perderse, suavizando el castigo a muchos y haciendo que otros ni siquiera caigan; y esto lo hacen no solamente con su doctrina, sino también con la ayuda de la oración. Porque no sólo nos perdonan los pecados cuando nos regeneran (por el bautismo), sino que tienen también poder para perdonarnos los pecados cometidos después del bautismo, pues como dijo Santiago: "¿Enferma alguno entre vosotros?"..., etc. Ahora bien: si la Extremaunción perdona los pecados, es un sacramento instituido por Jesucristo.
El Papa Inocencio I, en una carta (416) que escribió a Decencio, obispo de Gubio, cita el capítulo V de Santiago para probar que la Extremaunción es un sacramento al par que los de la Penitencia y Eucaristía. Añade que ese sacramento debe ser administrado por los sacerdotes o por los obispos, aunque el óleo no debe ser bendecido sino por el obispo, y termina diciendo que el sacramento mencionado por Santiago perdona los pecados.
Cesáreo de Arlés (503-543), en uno de sus sermones, reprende a los cristianos que acuden a los hechiceros en las enfermedades, y les dice que tenemos en la Iglesia un sacramento que cura el cuerpo y el alma, como lo declara Santiago (V, 14): "El que esté enfermo, que vaya a la Iglesia, y a la salud del cuerpo se le juntará el perdón de sus pecados."
El Eucologio o Sacramentario, de Serapión, obispo egipcio, escrito el año 325, contiene una oración para bendecir el óleo de los enfermos, la cual es un argumento poderoso en favor de lo que venimos diciendo. Dice así la oración: "Te invocamos..., Padre de nuestro Salvador Jesucristo, y te pedimos que envíes desde el cielo sobre este óleo el poder de curar del Unigénito, para que a los que sean ungidos con él... los libre de enfermedades y les sea antídoto contra todos los demonios..., les dé gracia y les remita los pecados, les sea medicina vitalicia y les dé fortaleza y vigor de alma, cuerpo y espíritu, etc" (D. L. (d. l.: Dictionnaire d'Archéologie et Liturgia), 5, 1032).
Hay asimismo otro documento oriental del siglo IV que ha llegado hasta nosotros traducido al latín. Es un sacramentario, conocido con el nombre de Testimonio del Señor, en el que se puede ver una oración para consagrar el óleo de los enfermos, y, entre otras cosas, dice así: "Te pedimos, ¡oh Dios!, curador de todas las enfermedades y sufrimientos..., que envíes sobre este óleo... la plenitud de tu misericordia amorosa, para que con él se curen los enfermos y se santifiquen los que se arrepienten cuando acuden a Ti con fe" (D. L., 5, 1033).
También tenemos en el Occidente documentos parecidos. Tales son el Sacramentario de Gelasio (735) y el gregoriano, que Duchesne atribuye al Papa Adriano I (772-795), aunque es cierto que sus oraciones se decían ya en tiempo de San Gregorio (590-604). En esas oraciones se pide a Dios no sólo que "cure las enfermedades del cuerpo, sino también que se compadezca de las iniquidades del alma, para que'el cuerpo y el espíritu a una sientan refrigerio." Es evidente que estos documentos litúrgicos de Oriente y Occidente son prueba clara de lo que la Iglesia creía y practicaba. Las palabras Extrema Unción las vemos mencionadas por primera vez en los estatutos atribuidos a Sonacio, obispo de Reims (600-631). Dice así uno de ellos: "Se debe llevar la Extremaunción al enfermo que la pida, y el sacerdote debe ir en persona a visitarle, animando al enfermo y preparándole debidamente para la gloria futura" (D. L. 5, 1034).

¿Cómo se administra la Extremaunción y cuáles son sus efectos? ¿No es cierto Que este sacramento contribuye a amedrentar al enfermo?
El sacramento de la Extramaunción consiste en ungir los ojos, narices, boca, manos y pies del enfermo con aceite de oliva bendecido por el obispo. El sacerdote dice mientras unge: "Por esta santa unción y su piadosísima misericordia, perdónete el Señor las faltas que cometiste con..." (aquí se nombran separadamente los sentidos arriba citados). Cuando la muerte es inminente y no hay tiempo para ungir los diferentes sentidos, basta ungir la frente con esta fórmula: "Por esta santa unción, perdónete el Señor todas las faltas que has cometido."
Este sacramento no se administra más que a los que están enfermos de peligro. Por eso no se debe administrar a los soldados a punto de entrar en batalla ni a los reos momentos antes de ser ejecutados, pues éstos, en sentido estricto, no están enfermos.
Los efectos de este sacramento son tres: fortalecer el alma para que sobrelleve la enfermedad con paciencia, darle nuevo vigor para que resista con valentía las tentaciones del demonio y dar salud al cuerpo si conviene para la salud del alma. Aunque los llamados sacramentos de vivos presuponen gracia santificante en el alma del que los recibe, y éste es un sacramento de vivos, sin embargo, si el enfermo está tan al cabo que no puede confesarse, este sacramento le perdona los pecados si lo recibe con atrición.
Diferir este sacramento hasta que el enfermo haya perdido el sentido para no amedrentarle, es pecaminoso, pues se le priva de los efectos saludables del sacramento. Nunca vacilamos en llamar al médico en caso de peligro, aunque ello sea presagio de muerte para el enfermo. ¿Por qué, pues, hemos de vacilar en llamar al Médico divino precisamente cuando el alma está a punto de franquear las puertas de la eternidad?


BIBLIOGRAFIA
Ascondo, Vademécum.
Ferreres, La muerte real y la muerte aparente.
Isasi, La Extremaunción.
Rojo. Manual de viático y Extremaunción.
Solanes, La Santa Unción.

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