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jueves, 23 de agosto de 2012

Todos los que componen una familia han de trabajar fielmente para la conservación y aumento de los bienes temporales de la casa, sin permitir dispendios ni robos que la destruyan.

La sábia república de las abejas (de quienes ya dejámos dicho que son maestras de los hombres) tiene esta nobilísima propiedad, que todas trabajan para el bien común. Todas llevan a la colmena, y ninguna toma sino lo muy preciso para vivir, y lo que la toca, como si fuese racional. Verdaderamente es una maravilla pasmosa lo que sucede con esta sábia república, enseñada del Criador para confusión de otras criaturas mas obligadas.
Es muy digno de notarse que la santa Iglesia llama a las abejas argumentosas; pues en el oficio divino de una grande santa dice: Quasi apis argumentosa (in Off. Stae. Cec. Virg. et Mart.); y yo no hallo por donde las puede convenir a las abejas este glorioso apellido de llamarse argumentosas, sino porque con su laboriosa y primorosa condición, y con el buen orden de su continuo trabajo, arguyen la estulticia de los mortales, que viven sin órden ni concierto en sus propias casas, destruyéndolas, en vez de edificarlas; y cuidando cada uno de su interes particular, sin atención al bien comun, y sin el temor de Dios, que los ha de residenciar.
En la primitiva Iglesia vivían muchos de los bienes comunes, según se refiere en los Hechos apostólicos; pero debe notarse, que engañados del demonio y de su particular ínteres los infelices Ananías y Safira, robaron parte de aquellos bienes comunes para sus fines particulares. Conoció esta perniciosa infidelidad el príncipe de los apóstoles san Pedro, é hizo con ellos un castigo tan ejemplar, que fué horror y espanto de toda la Iglesia, como se dice en el mismo sagrado libro (Act., V, 11).
No son bienes sagrados los de cada casa particular; pero si cada uno de la familia roba parte, aunque sea pequeña, de aquel bien común de casa, es preciso se siga notable detrimento; y si no se remedia, se acabará todo, porque muchos pocos hacen un mucho, y el mal continuado acaba con todo.
Por esta razón dicen comunmente los teólogos moralistas, que los robos pequeños llegan a ser pecados graves; porque comparados con el daño común, de muchos pocos se hace una grande cantidad, y respecto del damnificado, se hace el detrimento gravísimo con los pocos y pequeños robos particulares de cada uno. (Villalob. de fur.)
Por esta misma razón se resuelve comunmente, que el robo de un racimo puede alguna vez ser pecado grave, si juntamente con el hurto pequeño se conoce el daño grande; porque si cada uno de los caminantes toma un racimo, entre todos roban y destruyen enteramente el pingüe fruto de la heredad, con grave detrimento de su dueño; como se dice en la divina Escritura: Et vindemiant eam omnes qui praetergrediuntur viam (Psalm. LXXIX, 13).
El hurto leve del hijo y de la hija, del criadoyde la criada, del esclavo y de la esclava, cada uno de por sí solo no es mas que culpa venial; pero el agregado de todos juntos, con detrimento gravísimo de la casa, hace que las cosas leves pasen a ser muy graves, porque destruyen del todo el bien común. (Villal. ub. sup.)
Por otra razón se hace también grave el hurto leve; y es cuando en el ánimo del que roba cosa leve se halla la intención viciada de continuar sus leves hurtillos; de tal manera, que en su misma intención hace continuación y agregado moral de todas las usurpaciones leves, de las cuales se hace una materia grave, que ya no es pecado leve; por lo cual en llegando a materia grave los hurtos leves, siempre que despues usurpa cosa leve, peca mortalmente; porque ya no se considera aquel hurto leve por si solo, sino por el agregado notable que hace con los demás. (Matth. Sum. Mor. de Furt.)
Esto es como lo que sucede al que ayuna; toma una vez materia parva, que ella por sí sola no es pecado mortal; pero si a cada cuarto de hora tomase una onza de comida por materia parva, romperia el ayuno, y pecaría mortalmente; no por la materia parva, sino por el agregado de todas las veces que la toma, que en un junto moral son ya materia grave. (Idem Mast. de Jej.)
Aplicando esta doctrina al gobierno práctico de una casa, se convence el asunto, que si cada uno de la familia roba un poco por su parte, con grave detrimento conocido del bien común, los hurtos pequeños pasan a ser materia muy notable; y si no se remedia con tiempo, se acabará todo.
Por este motivo dice el Espíritu Santo a los padres de familia, que donde hay muchas manos lo encierren todo con llave segura, y lo distribuyan con cuenta y razón, escribiendo con toda puntualidad lo dado y recibido; porque Dios nuestro Señor no da para desperdicios, sino para gastos útiles y necesarios; y para emplear todas las cosas con una economía racional y justificada (Eccli., XLII, 7).Los hurtos de loshijos y de las hijas no son pecados mortales en materia tan corta como los de los criados y criadas; pero también tienen su término limitado, que en llegando a él pecaran mortalmente robando mas, como se lo dirán los doctos confesores.
Los dispendios de las señoras mujeres y madres de familia, también tienen su término y tasa limitada, que no pueden en buena conciencia gastar sin licencia de sus maridos (ni aun para dar limosnas) todo lo que quisieren; porque no son dueñas absolutas, sino con la limitación y regla prudente que les dirán los hombres doctos y temerosos de Dios.
Los padres de familia tienen mas dilatada la licencia para gastar su hacienda y de su casa; pero no imaginen que tienen absoluta potestad de acabarlo todo; porque su mujer y sus hijos son acreedores respectivamente del bien común de la casa; y en esto conviene se desengañen muchos hombres bárbaros, profanos y viciosos, que todo lo desperdician, sin hacérseles cargo de conciencia, como si no tuviesen Dios, que de todo les ha de pedir estrecha cuenta. Los padres virtuosos guardarán para sus hijos, dice el Sabio (Prov., XIX, 24).
Los criados y criadas no solamente pecarán robando de los bienes comunes de la casa, sino también dejando de trabajar fielmente en beneficio de ella, como tienen obligación en conciencia, y para eso les pagan su salario; y también pecarán desperdiciando los bienes comunes de la casa, que corren por su mano, y dejándose perder lo que deben conservar. En esto hay gravísimas y perniciosas ignorancias.
Los esclavos y esclavas deben obedecer a sus señores y señoras en todo cuanto no fuere contra Dios y su santa ley; y deben también en conciencia trabajar fielmente en el empleo justo que sus amos les dieren, y no usurpar ni robar cosa alguna de los bienes de sus señores; porque los hurtos en ellos tienen la especial circunstancia de la incapacidad de restituir lo que usurparen, siendo ya de su señor por motivo de la esclavitud todo lo que adquieren (La Parr. de Mane.)Los despenseros y mayordomos de las casas tienen mayor peligro de perderlas y perderse, por tener mas a su mano los bienes temporales de la casa y familia: por esto halla tanta dificultad el sabio Salomon para encontrar con un dispensero fiel, diciendo: Virum fidelem quis inveniet?
Esta misma dificultad halló mucho despues en todo el mundo el apóstol san Pablo, diciendo, que ya se buscaba un despensero fiel en toda la tierra, y apenas se podia encontrar: Hic jam quaeritur inter dispensatores, ut fidelis quis inveniatur (I Cor., IV, 2).
Lo que sabemos por el santo evangelio es, que un mayordomo y despensero a quien su señor llamó para cuenta rigurosa, hizo muchos defraudes a la casa, y a quien debía ciento le rebajaba la deuda a cincuenta, y a quien debia mucho le reducía la deuda al tercio ó al cuarto, con grave detrimento de su señor; dándose ya él por perdido, si el señor le quitaba el manejo de su hacienda. (Luc., XVI, 2 et seq.)
De otro mayordomo dice el mismo santo evangelio, que olvidado de Dios y de sus obligaciones, se regalaba mucho a costa de su señor, y haciéndose soberbio con el mundo, perseguía y ultrajaba a los otros criados y criadas de la misma casa; pero luego tuvo castigo merecido, porque no hay violento que sea perpetuo.
Otra obligación de conciencia tienen los inferiores que viven juntos en una casa; y es, dar noticia a su señor, si saben y conocen que alguno o algunos de la familia desperdician, pierden, o roban los bienes temporales de la casa, listos puntuales avisos no son chismes, sino obligaciones forzosas, como ya dejamos probado en otra parte de este libro.
Verdad es, que si se puede, y no hay inconveniente, se debe hacer ántes la corrección fraterna que dispone y manda nuestro Señor Jesucristo en su santo evangelio (Matth XVIII, l5). Para no errar, convendrá mucho que ántes de todo se tome sano consejo de persona docta y temerosa de Dios, con cuyo prudente dictamen se liará lo que mas importe para el cumplimiento de la perfecta caridad y bien común de la casa.
Los domésticos insipientes y relajados, que ven con sus ojos la perdición de la casa y de sus bienes temporales, y no dan el aviso conveniente para el remedio, deben temer no les diga Dios nuestro Señor aquella formidable sentencia, que en nombre de su divina Majestad escribe un santo profeta, llamando inicuo y perverso el que tolera culpablemente semejantes latrocinios: Si videbas furem, currebas cum eo (Psalm, XLIX, 18).El que sabe y puede hacer bien, y no lo hace, se le imputa a pecado su omision, dice el apóstol Santiago (Jac., IV, 17); de lo cual se sigue, que el que sabe y puede remediar los graves detrimentos temporales de la casa de su señor, debe en conciencia dar el aviso para el mas pronto remedio, y si no lo hace, pecará gravemente. En todo caso óbrese con sano consejo.
Yo no dudo que muchas personas se verán atribuladas en el justo juicio de Dios, por haber callado lo que debían decir; y entónces lo conocerán, cuando no lo puedan remediar; y clamarán con las voces del profeta, que dice: ¡ay de mí, porque callé! ¡vae mihi, quia tacui!A los discretos padres de familia les convendrá para la quietud y paz de su casa no descubrir jamas a la persona celosa que les diere semejantes avisos; porque de no hacerlo así, se podrán seguir graves inconvenientes y muchas pesadumbres inútiles. Procuren imitar al prudente padre de familias, de quien refiere el santo evangelio, que llamó a cuentas a su mayordomo, remedió el grave daño de su casa, y nunca dijo ni manifestó la persona que le habia dado los avisos del mal proceder de su criado (Luc., XVI, 2).
Últimamente, para que los domésticos temerosos de Dios no se conturben ni se llenen de molestos escrúpulos, ni teman donde no hay que temer, como dice un santo profeta (Psal., XIII, 5), se les previene, que los avisos referidos obligan para evitar los detrimentos grandes y notables de las casas; pero no se entienden de los desperdicios leves y casuales, que por inadvertencia ó accidental descuido suelen suceder: estos casos ocurrentes mas son dignos de compasión, que de acusación. Otras cosas leves y muchas graves también se remedian con la corrección fraterna, y esta obliga en conciencia. Consulten para el acierto.

R.P. Fray Antonio Arbiol
LA FAMILIA REGULADA

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